Resumen: Se confirma por la Sala IV la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda en la que el sindicato actor insta el reconocimiento del derecho de los trabajadores afectados por el conflicto a percibir el 100% de la retribución variable. La Sala IV, tras rechazar la modificación del relato fáctico instada por el sindicato actor, declara que la cuestión planteada en el motivo de infracción normativa planteado se introduce de forma novedosa en fase de recurso por lo que no puede ser estimada. En efecto, se denuncia en dicho motivo la lesión del derecho a la libertad sindical al haberse efectuado a través de un acuerdo de la comisión paritaria una modificación sustancial de las condiciones de trabajo relativo a la prima variable. Y en la demanda de conflicto colectivo, que no de tutela de derechos fundamentales, no se hace referencia a acuerdo alguno ni se denuncia vulneración de derecho fundamental alguno. En cuanto al fondo de la cuestión, se concluye que los criterios fijados por la empresa en enero de 2020 no contienen condición de imposible consecución, ni cabe apreciar que ésta haya quedado al arbitrio de la empresa. Los parámetros para el devengo de incentivos no fueron impugnados y resultaba imposible su modulación como consecuencia del advenimiento, posterior a su fijación, de la pandemia derivada del Covid 19. Finalmente, se indica que la comisión paritaria, tras la llegada de la pandemia, dictó el acuerdo relativo a la liquidación del variable.
Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: Se reclamó el derecho de los mandos intermedios de ADIF que se adscribieron a la categoría con posterioridad al 1.1.1999, al devengo de los 20 años de permanencia en el mismo tipo de salario computando el tiempo en el nivel anterior a dicha adscripción y su derecho a percibir el salario correspondiente al nivel salarial superior, banda de referencia mínima o inferior del personal de estructura de apoyo (técnico). La AN desestima la demanda apreciando excepción de cosa juzgada, e impone multa de 600 euros por temeridad. El TS confirma la multa por temeridad -único objeto del recurso-, al ser razonable, justificada y proporcionada: la demanda se interpuso antes de dos meses desde el dictado de otra STS en que rechazó el mismo derecho reclamado, con identidad de partes y pretensiones; en la primera se pudo haber invocado los fundamentos de derecho que contempla en la segunda; existe jurisprudencia reiterada que anuda el devengo del complemento exclusivamente al nivel salarial percibido y no a la categoría, sin que la permanencia en ésta por más de 20 años comporte derecho a la retribución de la categoría superior; se sometía a los demandados a otro litigio con idénticos pedimentos ya resueltos, en medio de una grave situación de pandemia y de acumulación de asuntos; el sindicato actor no especificó en su demanda las razones para separar los pedimentos y fundamentos entre los procedimientos comparados; y se obvia impugnar la apreciación de la cosa juzgada más allá de negarla.
Resumen: Se admite a trámite el recurso de casación preparado por el Abogado del Estado siguiendo precedentes de la Sala estimados a su favor, por tener interés casacional determinar si la prestación de asistencia sanitaria por Covid 19 a los beneficiarios de las mutualidades se entiende o no incluida en la excepción de actuaciones en materia de salud pública prevista en la D. A. Cuarta de la Ley 16/2003.
Resumen: Se admite a trámite el recurso de casación preparado por el Abogado del Estado siguiendo precedentes de la Sala estimados a su favor, por tener interés casacional determinar si la prestación de asistencia sanitaria por Covid 19 a los beneficiarios de las mutualidades se entiende o no incluida en la excepción de actuaciones en materia de salud pública prevista en la D. A. Cuarta de la Ley 16/2003.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en si la prestación de asistencia sanitaria por Covid 19 a los beneficiarios de las mutualidades se entiende o no incluida en la excepción de actuaciones en materia de salud pública prevista en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2003.
Resumen: Se confirma sentencia del TSJ Canarias/Tenerife que declaró la obligación de varias empresas codemandadas, que prestan servicios de transporte sanitario al Servicio Canario de Salud, de limpiar y desinfectar la ropa de trabajo y si fuera necesario, destruirla, respecto de los trabajadores de transporte sanitario, tanto urgente como no urgente, durante la situación excepcional de pandemia. El TS aplica criterios sobre la exégesis de los arts. 7.1.d, 3 y 4 del RD 664/1997, de 12 de mayo, contenidos en las SSTS/IV de 21.07.2022, rec. 172/2020 y de 15.09.2021, rec. 95/2020. Frente a la alegación de Iscan, única recurrente en casación, del “riesgo bajo” evaluado en relación al colectivo al que afecta el conflicto, el TS apela al factor incertidumbre, a la necesidad de que la evaluación se realizase atendiendo al principio de precaución dando por segura la presencia de agentes biológicos, al eventual desconocimiento en la pandemia por el propio afectado, a la posible permanencia del virus en la ropa en ciertas condiciones y al hecho de que la correcta prestación del servicio implica un eventual contacto con los pacientes, por lo que devenía necesario su lavado a cargo de la empresa impuesto por la normativa invocada.
Resumen: Contagio por Covid. Contingencia del proceso de incapacidad temporal. Accidente de trabajo o enfermedad profesional. Falta de contradicción.